Diputados aprobó el paquete fiscal junto a la Ley Bases, con amplios cambios al Régimen Simplificado del Monotributo.
Entre los más importantes, se encuentra una fuerte suba de los montos de facturación de entre un 301% y un 401% y un alza en las cuotas, entre otras novedades.
Uno por uno
Aumentan los montos de facturación, precio unitario de venta y alquileres devengados
En base al paquete fiscal, los montos de facturación aumentarán entre un 301 y un 401%, según la categoría. Mientras tanto, el monto de los alquileres devengados anuales aumentará del 211% al 309%.
Finalmente, el precio máximo unitario de venta para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías.
El monto máximo de facturación anual pasa ahora a ser de $68 millones.
Aumentan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social
En línea con la suba de los parámetros para cada categoría, se ajustarán también las cuotas impositivas (entre un 278% y 510% más), la cuota de seguridad social (suba de entre un 212% y un 343%) y la cuota de obra social (entre un 212% y un 214% más) para el caso de obras locaciones y prestaciones de servicios.
La cuota total para quienes abonen los tres componentes será de entre un 219% y un 425%, mientras que en el caso de venta de bienes (cosas muebles), la cuota total si se pagan todos los puntos subirá entre un 219% y un 353%.
Actualización de los montos de facturación, alquileres devengados, precio máximo unitario de venta y cuotas
El proyecto que aprobó Diputados dispone que, a partir del 2025, los montos de facturación, los alquileres devengados, el precio máximo unitario de venta y las cuotas se actualizarán semestralmente por inflación.
Unifican las categorías para las actividades de obras, locaciones y prestaciones de servicios y la venta de bienes
Actualmente, los monotributistas que se dedican a actividades de obras, locaciones y prestaciones solo pueden entrar al Régimen hasta la categoría H, mientras que para venta de bienes se puede ingresar hasta la categoría K.
El paquete fiscal elimina esta discriminación y, ahora, «todos los pequeños contribuyentes con actividades de obras, locaciones y prestaciones de servicios también podrán adherirse y/o mantenerse en el régimen si encuadran en los parámetros hasta la categoría K», explica el especialista.