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Villa María |

martes 27, enero 2026
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El Gobierno agiliza importaciones y exportaciones con nuevas reglas aduaneras

La modificación del Código Aduanero fortalece el sistema de resoluciones anticipadas y alinea la normativa local con estándares internacionales, simplificando trámites y mejorando la seguridad jurídica para las empresas que operan en comercio exterior.

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Con el objetivo de desburocratizar y facilitar el comercio internacional, el Poder Ejecutivo Nacional avanzó mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en la modificación de artículos clave del Código Aduanero.

La medida busca dar previsibilidad a importadores y exportadores, permitiéndoles conocer de antemano el tratamiento aduanero de sus mercaderías antes de concretar una operación.

La iniciativa se alinea con el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que promueve procedimientos más simples, reglas claras y mayor seguridad jurídica para las operaciones de comercio exterior.

Qué cambia con las resoluciones anticipadas

El eje central de la reforma es el fortalecimiento del régimen de resoluciones anticipadas, un instrumento que permite solicitar una decisión oficial previa sobre cómo será tratada una mercadería en materia de clasificación arancelaria, valoración y origen.

Con las modificaciones introducidas, el servicio aduanero podrá emitir resoluciones anticipadas para importaciones y exportaciones cuando existan dudas sobre clasificación, valoración u otros aspectos necesarios para la correcta aplicación del régimen tributario o de eventuales prohibiciones y restricciones.

Estas resoluciones serán válidas y vinculantes para la Aduana, siempre que no se modifique la normativa vigente ni cambien las circunstancias que dieron origen a la consulta.

Origen de la mercadería: nuevo rol de Industria y Comercio

Uno de los cambios relevantes es que las resoluciones anticipadas en materia de origen ya no quedarán exclusivamente bajo la órbita aduanera.

A partir del DNU, podrán ser solicitadas ante la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, autoridad con competencia específica en la interpretación de los regímenes de origen y en el reconocimiento de certificados.

Las decisiones que emita esta Secretaría también serán obligatorias para la Aduana y contarán con vías de revisión administrativa, garantizando el debido proceso.

Plazos y previsibilidad

La normativa establece que las resoluciones anticipadas deberán emitirse en un plazo máximo de 30 días. En caso de que la autoridad competente no se expida en ese tiempo, el importador o exportador podrá avanzar con la operación en los términos planteados originalmente, con la posibilidad de que se exija una garantía.

Con esta modificación del Código Aduanero, el Gobierno busca reducir la incertidumbre operativa, anticipar criterios oficiales y mejorar la planificación de las empresas que participan del comercio exterior.

En un contexto de mayor apertura e integración global, la medida apunta a simplificar procesos, acortar tiempos y alinear la normativa local con los estándares internacionales de facilitación del comercio.

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