Villa María |

lunes 30, junio 2025

Por una resolución, no pueden hacerte esperar más de 30 minutos para atenderte

Así lo determina un dictamen de la Dirección de Defensa al Consumidor de Córdoba, que insta a los proveedores de bienes y servicios a organizar su infraestructura para dar cumplimiento en favor de usuarios o consumidores.

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Los proveedores de bienes y servicios deberán organizar su infraestructura y organización para el cumplimiento de una nueva resolución que acaba de ser publicada en el Boletín Oficial de Córdoba y que determina que “ningún usuario o consumidor deberá permanecer para ser atendidos en forma presencial un tiempo mayor a 30 minutos”.

La Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia fue quien dictó dicha legislación en pos del beneficio de quienes concurran a locales comerciales, sedes, sucursales y centros de atención al cliente.

Según indicaron, busca evitar largas filas de espera al momento de realizar trámites o gestiones relacionados con un producto o servicio.

“Esta Resolución es de carácter universal respecto a todos los proveedores de bienes y servicios que operan en la provincia de Córdoba, y es en beneficio de todas las y los consumidores, usuarias y usuarios”, manifestaron.

Para dar cumplimiento, los involucrados, en caso que haga falta, deberán organizarse otorgando turnos, disponiendo personal “y demás actividades tendientes a brindar un servicio acorde que regule el trato digno a las y los consumidores, usuarias y usuarios de Córdoba”.

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