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Villa María |

viernes 03, mayo 2024
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El relanzamiento de las SAS: Lo que hay que saber

El mecanismo de constitución de empresas que permite crearlas en un plazo de 72 horas vuelve a estar en el centro de la escena luego de que el gobierno nacional implemente medidas para su reactivación.

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Desde el gobierno nacional implementaron medidas para reactivar el funcionamiento de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), el mecanismo de constitución de empresas que permite crearlas en un plazo de 72 horas.

Mediante sendas resoluciones de la Inspección General de Justicia (IGJ) se dispusieron los mecanismos para retomar el esquema que el por entonces presidente Mauricio Macri había lanzado en agosto de 2016.

Las resoluciones generales Nº 11/2024 y Nº 12/2024 de la IGJ establecieron las medidas para reactivar los trámites para la constitución y funcionamiento de las SAS, “uno de los tipos sociales más flexibles y adecuados que pueden adoptar las empresas para desarrollar sus actividades”, explicó el Ministerio de Justicia en un comunicado.

Las SAS tienen un historial marcado por la polémica. De hecho, desde que Macri las lanzó en agosto de 2016 en el marco del plan “Argentina Emprende” se generaron muchas suspicacias por los pocos controles para su constitución.

A tal punto que durante el gobierno de Alberto Fernández el oficialismo casi que suspendió el régimen de creación de SAS, impulsó la investigación sobre las sociedades ya constituidas, y las tildó de instrumentos para facilitar el ocultamiento de testaferros para eludir impuestos y lavar dinero.

Según el Gobierno de Milei al reinstaurar las SAS “la intención es brindar mayores herramientas a los inversores locales y extranjeros, con el objeto de promover nuevos emprendimientos, rescatar los ya existentes y generar empleo”.

En ese sentido, según las disposiciones emanadas de la IGJ que conduce Daniel Vítolo, se estableció que a partir del 15 de abril los emprendedores e inversores tendrán la posibilidad de constituir una SAS de 2 o más socios o una SAS unipersonal, en un plazo máximo de 72 horas, contando a su vez con CUIT y habilitación para libros digitales.

Mecanismos

La IGJ dispuso la constitución de la sociedad con intervención de un Escribano Público, bajo un estatuto modelo provisto por el organismo en su página web, o por un estatuto de libre redacción por parte de los socios.

También se podrá inscribir la SAS vía TAD (Trámites a Distancia) con firma digital de todos los constituyentes, bajo un estatuto modelo o de libre redacción, a elección de los constituyentes.

A partir del 16 de mayo, se agregará una tercera alternativa que permitirá constituir una SAS concurriendo personalmente a las oficinas de IGJ donde las firmas serán homologadas por un inspector habilitado y subidas por el propio organismo al sistema TAD.

Las normativas publicadas este jueves, además, suspenden y derogan una serie resoluciones generales dictadas durante la administración anterior por las cuales se requería a las SAS cumplir con exigencias que la propia ley de creación de estas figuras no les imponía. Dichos recaudos fueron catalogados por la IGJ como “obstáculos que interfieren con la plena vigencia de la Ley 27.349″.

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