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Villa María |

viernes 26, abril 2024
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Por una resolución, no pueden hacerte esperar más de 30 minutos para atenderte

Así lo determina un dictamen de la Dirección de Defensa al Consumidor de Córdoba, que insta a los proveedores de bienes y servicios a organizar su infraestructura para dar cumplimiento en favor de usuarios o consumidores.

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Los proveedores de bienes y servicios deberán organizar su infraestructura y organización para el cumplimiento de una nueva resolución que acaba de ser publicada en el Boletín Oficial de Córdoba y que determina que “ningún usuario o consumidor deberá permanecer para ser atendidos en forma presencial un tiempo mayor a 30 minutos”.

La Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia fue quien dictó dicha legislación en pos del beneficio de quienes concurran a locales comerciales, sedes, sucursales y centros de atención al cliente.

Según indicaron, busca evitar largas filas de espera al momento de realizar trámites o gestiones relacionados con un producto o servicio.

“Esta Resolución es de carácter universal respecto a todos los proveedores de bienes y servicios que operan en la provincia de Córdoba, y es en beneficio de todas las y los consumidores, usuarias y usuarios”, manifestaron.

Para dar cumplimiento, los involucrados, en caso que haga falta, deberán organizarse otorgando turnos, disponiendo personal “y demás actividades tendientes a brindar un servicio acorde que regule el trato digno a las y los consumidores, usuarias y usuarios de Córdoba”.

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